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NIC 34 · Información financiera intermedia

Establecer el contenido mínimo de la información financiera intermedia y los criterios de reconocimiento y medición aplicables.

IAS 34Presentación y revelaciónVigente

Alcance

  • Entidades obligadas o que eligen publicar información financiera intermedia conforme a las NIIF.

Reconocimiento, medición y presentación

Contenido mínimo
Estados condensados y notas seleccionadas explicativas. No es necesario duplicar la información del cierre anual.
Períodos a presentar
Situación financiera al cierre del período intermedio y al cierre del ejercicio anterior; resultados del período intermedio y del acumulado, con sus comparativos.
Principio del período discreto
La medición se hace sobre la base del ejercicio hasta la fecha: los cambios de estimación se reflejan en el período en que ocurren, sin alisamiento.
Estacionalidad
Los ingresos estacionales no se anticipan ni difieren; se revela la estacionalidad para facilitar la comprensión.
Impuestos
El gasto por impuesto se reconoce aplicando la tasa efectiva anual esperada al resultado acumulado del período.

Información a revelar

  • Hechos y transacciones significativos para entender los cambios desde el último cierre anual.
  • Estacionalidad o carácter cíclico del negocio, y partidas inusuales por naturaleza o importe.
  • Cambios en estimaciones, emisiones y recompras de instrumentos, dividendos, segmentos y hechos posteriores.

Errores frecuentes en la práctica

  • Distribuir uniformemente costos anuales, como el bono anual, entre trimestres sin que exista obligación devengada.
  • Presentar un set completo de notas idéntico al anual, en vez de notas seleccionadas explicativas.
  • Calcular el impuesto del trimestre con la tasa legal en lugar de la tasa efectiva anual esperada.

Aplicación en Chile

La Norma de Carácter General N° 30 de la CMF exige estados financieros trimestrales que se preparan bajo NIC 34 y se envían dentro de los sesenta días corridos siguientes al cierre de cada trimestre.