Normas NIC, NIIF e interpretaciones
Cada ficha resume el objetivo de la norma, su alcance, los criterios de reconocimiento y medición, las revelaciones exigidas, los errores que más se repiten en la práctica y su aplicación en Chile.
Asegurar que los primeros estados financieros bajo NIIF de una entidad, y sus informes intermedios, contengan información de alta calidad, transparente para los usuarios, comparable entre períodos y obtenida a un costo que no exceda sus beneficios.
Especificar la información financiera que debe reflejar una entidad cuando lleva a cabo una transacción con pagos basados en acciones, incluyendo el efecto en el resultado y en la posición financiera.
Mejorar la relevancia, fiabilidad y comparabilidad de la información que una entidad proporciona sobre una combinación de negocios y sus efectos, estableciendo el método de la adquisición.
Especificar el tratamiento contable de los activos mantenidos para la venta y la presentación e información a revelar sobre las operaciones discontinuadas.
Exigir revelaciones que permitan a los usuarios evaluar la relevancia de los instrumentos financieros en la situación financiera y el rendimiento de la entidad, y la naturaleza y alcance de los riesgos que surgen de ellos.
Revelar información que permita a los usuarios evaluar la naturaleza y los efectos financieros de las actividades de negocio que desarrolla la entidad y los entornos económicos en los que opera.
Establecer los principios para la información financiera sobre activos y pasivos financieros, de forma que se presente información útil y relevante para evaluar los importes, calendario e incertidumbre de los flujos de efectivo futuros.
Establecer los principios para la presentación y preparación de estados financieros consolidados cuando una entidad controla una o más entidades, definiendo el control como base única de la consolidación.
Establecer los principios para la información financiera de las partes de un acuerdo conjunto, clasificándolo según los derechos y obligaciones que confiere.
Exigir información que permita evaluar la naturaleza y los riesgos de las participaciones en filiales, acuerdos conjuntos, asociadas y entidades estructuradas no consolidadas, y sus efectos sobre la situación financiera y los flujos.
Definir el valor razonable, establecer un marco único para medirlo y requerir información a revelar sobre esas mediciones. No determina cuándo debe usarse el valor razonable, sólo cómo medirlo.
Establecer los principios para informar sobre la naturaleza, importe, calendario e incertidumbre de los ingresos y de los flujos de efectivo que surgen de los contratos con clientes.
Asegurar que arrendatarios y arrendadores proporcionen información relevante que represente fielmente las transacciones de arrendamiento, eliminando la distinción entre arrendamiento operativo y financiero para el arrendatario.
Establecer principios para el reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de los contratos de seguro emitidos, de los contratos de reaseguro y de los contratos de inversión con componentes de participación discrecional.
Mejorar la comparabilidad y la transparencia del desempeño financiero, estableciendo una estructura obligatoria del estado de resultados, exigiendo revelaciones sobre las medidas de desempeño definidas por la gerencia y reforzando los principios de agregación y desagregación.
Permitir que ciertas subsidiarias apliquen los criterios de reconocimiento y medición de las NIIF completas con un conjunto reducido de revelaciones, disminuyendo el costo de preparación sin perder comparabilidad en las cifras.
Establecer las bases para la presentación de los estados financieros de propósito general, de modo que sean comparables con los de la propia entidad en ejercicios anteriores y con los de otras entidades.
Prescribir el tratamiento contable de los inventarios, en particular la determinación de su costo y su posterior reconocimiento como gasto.
Exigir información sobre los cambios históricos en el efectivo y equivalentes al efectivo, clasificados por actividades de operación, inversión y financiación.
Prescribir los criterios para seleccionar y modificar las políticas contables, y el tratamiento de los cambios en las estimaciones y de la corrección de errores de períodos anteriores.
Prescribir cuándo una entidad debe ajustar sus estados financieros por hechos posteriores y qué información debe revelar, incluida la fecha de autorización para la emisión.
Prescribir el tratamiento contable del impuesto a las ganancias, incluyendo el reconocimiento de las consecuencias fiscales actuales y futuras de la recuperación de activos y la liquidación de pasivos.
Prescribir el tratamiento contable de las propiedades, planta y equipo, de forma que los usuarios conozcan la inversión en esos activos y los cambios en dicha inversión.
Prescribir el tratamiento contable y la información a revelar sobre los beneficios a los empleados, reconociendo el pasivo cuando el empleado ha prestado el servicio y el gasto cuando la entidad consume el beneficio económico.
Prescribir la contabilización e información a revelar de las subvenciones oficiales y de otras formas de ayuda gubernamental.
Prescribir cómo se incorporan las transacciones en moneda extranjera y los negocios en el extranjero en los estados financieros, y cómo se convierten los estados financieros a la moneda de presentación.
Establecer que los costos por préstamos directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo apto forman parte del costo de dicho activo.
Asegurar que los estados financieros contengan la información necesaria para poner de manifiesto la posibilidad de que la posición financiera y el resultado hayan sido afectados por la existencia de partes relacionadas.
Prescribir la contabilización de las inversiones en filiales, negocios conjuntos y asociadas cuando la entidad elabora estados financieros separados.
Prescribir la contabilización de las inversiones en asociadas y establecer los requerimientos para la aplicación del método de la participación.
Establecer que los estados financieros de una entidad cuya moneda funcional es la de una economía hiperinflacionaria se reexpresen en términos de la unidad de medida corriente al cierre.
Establecer los principios para presentar los instrumentos financieros como pasivos o patrimonio y para compensar activos y pasivos financieros.
Establecer los principios para la determinación y presentación de la ganancia por acción, mejorando la comparación del rendimiento entre entidades y entre períodos.
Establecer el contenido mínimo de la información financiera intermedia y los criterios de reconocimiento y medición aplicables.
Asegurar que los activos no estén contabilizados por encima de su importe recuperable y establecer cuándo debe reconocerse o revertirse una pérdida por deterioro.
Asegurar que se apliquen bases apropiadas de reconocimiento y medición a las provisiones y que se revele información suficiente sobre su naturaleza, calendario e importe.
Prescribir el tratamiento contable de los activos intangibles que no estén contemplados específicamente en otra norma.
Prescribir el tratamiento contable de las propiedades de inversión y las exigencias de revelación correspondientes.
Prescribir el tratamiento contable y la información a revelar en relación con la actividad agrícola.
Describir el objetivo de la información financiera con propósito general y los conceptos que la sustentan, para orientar al IASB al emitir normas y a los preparadores cuando no existe una norma aplicable.
Establece cómo contabilizar los cambios en la medición de un pasivo por desmantelamiento cuando el activo relacionado se mide al costo o por revaluación.
Aclara cómo el partícipe contabiliza su participación en un fondo constituido para financiar obligaciones de desmantelamiento.
Prohíbe revertir en un período posterior una pérdida por deterioro de la plusvalía reconocida en un período intermedio anterior.
Establece cómo el operador de una concesión pública contabiliza la infraestructura y los derechos que recibe a cambio de construirla y operarla.
Aclara cuándo un superávit de un plan de beneficios definidos puede reconocerse como activo y cómo afecta una obligación de financiación mínima.
Aclara qué riesgo puede designarse como cubierto, qué instrumentos califican y qué importe se reclasifica al disponer del negocio en el extranjero.
Establece cuándo reconocer el dividendo por pagar cuando se distribuyen activos no monetarios y cómo medirlo.
Establece el tratamiento cuando una entidad renegocia una deuda y la cancela emitiendo acciones al acreedor.
Aclara cuándo debe reconocerse el pasivo por un gravamen impuesto por una autoridad pública distinto del impuesto a las ganancias.
Determina la fecha de la transacción para establecer el tipo de cambio aplicable cuando se pagó o cobró un anticipo.
Aclara cómo reflejar la incertidumbre sobre si la autoridad tributaria aceptará un tratamiento impositivo aplicado por la entidad.
Establece que los efectos fiscales de un cambio en la situación tributaria de la entidad o de sus accionistas se reconocen en resultados, salvo que se relacionen con partidas registradas en ORI o en patrimonio.
Complementa la CINIIF 12 estableciendo la información que deben revelar tanto el concedente como el operador.
Determina cuándo los desembolsos de desarrollo y operación de un sitio web pueden reconocerse como activo intangible.
Para entidades sin obligación pública de rendir cuentas existe un marco separado y más liviano: las 35 secciones de la NIIF para las PYMES, disponibles en su propia sección.